APROBADA UNA AMPLIACIÓN DE CAPITAL

El club celebró Junta General Extraordinaria de Accionistas

Con la asistencia de socios que representan el 97,60% del capital social.

Se ha celebrado en la sede social del club, en segunda convocatoria, la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Club Atlético de Madrid, con asistencia de accionistas que representaban el 97,60% del capital social.

En el primer punto del Orden del día, la Junta ha debatido el Informe elaborado por el Consejo de Administración sobre la situación generada por el procedimiento judicial finalizado por la Sentencia nº 697/2013 de la Sala Primera del Tribunal Supremo que declaró la nulidad de sendas ampliaciones de capital acordadas en el mes de junio del año 2003, así como la ratificación de las actuaciones llevadas a cabo por el Consejo para dar cumplimiento a la referida Sentencia. Con 2.355.429 votos a favor, y 9.181 votos en contra, la Junta General ha aprobado el Informe presentado por el Consejo, y ha ratificado todos los acuerdos adoptados por el Consejo para dar cumplimiento a la mencionada Sentencia.

En el segundo punto del Orden del día, la Junta ha aprobado aumentar el capital social en 4.114.501,50 Euros, mediante la emisión de 484.059 nuevas acciones ordinarias, de 8,5 Euros de valor nominal y con una prima de emisión de 13 Euros por acción, lo que supone un total de 10.407.268,50 Euros, a razón de 21,5 Euros por acción. Este acuerdo de ampliación de capital se ha adoptado con 2.355.429 votos a favor y 9.181 votos en contra. El procedimiento para la suscripción de las nuevas acciones está dividido en tres fases.

En la Fase I, tendrán derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones los actuales accionistas de la Sociedad. El periodo de suscripción preferente tendrá una duración de un mes, iniciándose el día siguiente al de la fecha de publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. El desembolso de las nuevas acciones y de la prima de emisión deberá realizarse íntegramente en el momento de su suscripción por quienes acudan a la ampliación, con aportaciones dinerarias, a razón de 21,5 Euros por cada nueva acción suscrita.

En el caso de que, terminado el plazo de suscripción preferente, hubiera acciones sobrantes, se abrirá una Fase II, en la que las acciones sobrantes podrán ser suscritas por quienes eran titulares de las 484.059 acciones amortizadas en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo. En esta Fase II, el desembolso de las nuevas acciones y de la prima de emisión deberá realizarse íntegramente en el momento de su suscripción por quienes acudan a la ampliación, mediante la compensación del correspondiente derecho de crédito que, en concepto de cuota de liquidación, tienen reconocidos por la Sociedad, a razón de 21,5 Euros por cada nueva acción suscrita.

En el caso de que, terminado el plazo de suscripción previsto para la Fase II, hubiera acciones sobrantes, se abrirá una Fase III, en la que las acciones sobrantes podrán ser suscritas por los accionistas que hayan suscrito acciones, bien en la Fase I o bien la Fase II. En esta Fase III, el desembolso de las nuevas acciones y de la prima de emisión deberá realizarse íntegramente en el momento de su suscripción por quienes acudan a la ampliación, con aportaciones dinerarias, a razón de 21,5 Euros por cada nueva acción suscrita.

Gracias a esta ampliación de capital, la Sociedad podrá restablecer a la mayor brevedad la situación patrimonial, evitando cualquier impacto negativo derivado de la amortización de acciones acordada en cumplimiento de la Sentencia antes aludida, asegurando a la vez un equilibrio de todos los intereses en juego, tanto de terceros y acreedores como de socios.

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